Bono Dueña de Casa: Revisa con tu RUT si recibes hasta $21 mil al mes

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El Bono Dueña de Casa, también conocido como Bono de Protección, es un valioso subsidio mensual destinado a las familias más vulnerables de Chile, según su situación registrada en el Registro Social de Hogares. Este beneficio otorga un monto total de $420 mil, que se distribuye en cuotas a lo largo de dos años, brindando un alivio financiero crucial.

Cuotas graduales

El Bono Dueña de Casa se divide en cuotas progresivas durante los dos años de vigencia:

  • Los primeros 6 meses, el subsidio asciende a $21.823.
  • Del mes 7 al mes 12, se recibe $16.608.
  • Desde el mes 13 hasta el mes 18, el monto es de $11.419.
  • Los últimos 6 meses ascienden a $20.328 (correspondiente al monto SUF).

Requisito Único y Automático

Una de las características destacadas de este beneficio es que no requiere postulación, ya que se otorga automáticamente a quienes cumplen con un único requisito. Para ser beneficiario, es necesario aceptar ser parte de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades, como Abriendo Caminos, Familia, Vínculos o Familias. El Ministerio de Desarrollo Social se encarga de proponer la adhesión a uno de estos programas y solicitará la firma de una Carta de Compromiso y un Plan de Intervención.

Plazo para cobrar

El plazo para cobrar el Bono Dueña de Casa varía según la forma de pago. Si se realiza presencialmente, se dispone de seis meses para realizar el trámite antes de perder el subsidio. En caso de que el pago se realice a través de transferencia bancaria y no se cuente con una cuenta bancaria, el Ministerio de Desarrollo Social abrirá una CuentaRUT del BancoEstado sin costo, que deberá activarse en 18 meses; de lo contrario, el bono regresará a las arcas del Estado.

Quiénes pueden cobrar el bono

El Bono Dueña de Casa se otorga a un miembro del grupo familiar según un orden de prioridad establecido:

  1. Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o discapacidad mental.
  2. Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  3. Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  4. Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar si no se cumplen las condiciones anteriores.
  5. Mujer mayor de 18 años si no existe una mujer mayor de edad o no puede asumir el compromiso.
  6. Persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años en caso de que no se aplique ninguna de las prioridades anteriores.
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