¿Se puede cobrar el Seguro de Cesantía si se renuncia?

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La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) brinda protección a quienes se encuentran sin empleo a través del Seguro de Cesantía. Descubre cómo acceder y cobrar este beneficio.

Acceso al Seguro de Cesantía

La AFC tiene como objetivo proteger a las personas que se enfrentan a la pérdida de empleo, ofreciendo el Seguro de Cesantía como un respaldo financiero durante este periodo. Este instrumento garantiza la preservación de los fondos ahorrados y su entrega cuando las personas se encuentran sin trabajo.

¿Quiénes pueden acceder?

La AFC establece que todas las personas que hayan quedado sin trabajo pueden acceder a este beneficio. Esto incluye situaciones tanto voluntarias (renuncia) como involuntarias (despido o fin del contrato de trabajo).

¿Puedo cobrar si renuncio?

Sí, es posible cobrar el Seguro de Cesantía incluso si la persona ha renunciado a su empleo. La AFC especifica que se puede acceder al pago por causas voluntarias, como la renuncia, así como por causas involuntarias.

Pasos para cobrar el Seguro de Cesantía

Para cobrar el Seguro de Cesantía, sigue estos pasos:

  1. Ingresar a la Sucursal Virtual de AFC: Utiliza tu RUT o NIC y clave de acceso personal, o la Clave Única, en la sucursal virtual de AFC.
  2. Seleccionar «Cobro del Seguro»: Una vez dentro de la sucursal virtual, busca la pestaña que indica «Cobro del Seguro».
  3. Elegir «Solicitud en Línea»: Selecciona la opción «Solicitud en Línea» y presiona el botón «Cobrar Seguro de Cesantía».
  4. Rellenar el Formulario: Completa el formulario con la información solicitada.

Es importante tener en cuenta que, para realizar el cobro, es necesario estar cesante y acreditar esta condición. Esto se puede hacer presentando el finiquito firmado y ratificado, o cualquier documento que demuestre el término de la relación laboral.

La AFC busca así brindar un respaldo económico a quienes se encuentran sin empleo, ofreciendo un acceso claro y eficiente al Seguro de Cesantía.

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