Descubre cómo acceder al estipendio para cuidadores de personas con discapacidad, un beneficio del Estado destinado a apoyar económicamente a quienes brindan cuidados.
Monto del beneficio
Este beneficio, no postulable, consiste en un pago máximo mensual de $32.991, destinado a los cuidadores que ofrecen sus servicios para el cuidado de personas con discapacidad. El Instituto de Previsión Social (IPS) realiza el pago mensualmente mediante depósito bancario.
Requisitos
Requisitos del causante (Persona con discapacidad)
- Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente al domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, u otro).
- Contar con un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración.
- No estar institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adultos mayores u otra institución similar.
Requisitos del cuidador o cuidadora
- Estar inscrito/a en el programa de atención domiciliaria del centro de salud correspondiente a su domicilio.
- No recibir ingresos monetarios por realizar trabajos de cuidados.
- Tener cédula de identidad vigente.
Lista de espera y priorización
En caso de existir lista de espera, se aplicarán los siguientes criterios para la priorización de los/as beneficiarios/as:
- Severidad en la dependencia del causante, medida con el Índice de Barthel.
- Antigüedad en la postulación del causante, comenzando por la más antigua.
- Clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares (RSH).
Es crucial tener presente que el monto del beneficio se reajustará anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Importante: Un mismo cuidador puede recibir hasta tres estipendios por diferentes causantes si existe parentesco consanguíneo o afinidad. En caso de no tener vínculo de parentesco con los causantes, el cuidador puede recibir hasta dos estipendios por distintos causantes.