Puedo cobrar la Asignación Familiar si estoy cesante

Por Sergio Mendoza 1 Vista Comentar
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Uno de los beneficios económicos que reciben los hogares del país es la Asignación Familiar. Este aporte lo reciben trabajadores y trabajadoras dependientes, independientes, pensionados y subsidiados respecto de las cargas familiares que tenga reconocidas y acreditadas.

¿Puedo cobrar la Asignación Familiar si estoy cesante?

Los trabajadores que hayan quedado cesantes sí tienen derecho a seguir recibiendo los pagos de la Asignación Familiar, por las cargas que tenían debidamente acreditadas. La Superintendencia de Seguridad Social detalló que los trabajadores cesantes que estén recibiendo el Seguro de Cesantía tienen derecho a recibir las asignaciones familiares que hayan estado percibiendo a la fecha de quedar cesantes, siempre que continúen cumpliendo con los requisitos (para ser receptores de la Asignación Familiar).

Por su parte, las personas cesantes que tengan derecho a las prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario, continúan recibiendo las asignaciones familiares que recibían al momento de quedar cesante.

¿Cuáles son los requisitos para recibir la Asignación Familiar?

Para ser beneficiario de la Asignación Familiar es necesario cumplir con, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Ser un/a trabajador/a dependiente del sector público o privado.
  • Ser un/a trabajador/a independiente afiliado/a a un régimen previsional (régimen antiguo) al 1º de enero de 1974, que contemple entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Ser un/a trabajador/a independiente obligado/a o no a cotizar en el sistema de AFP, que haya acreditado cargas en el Instituto de Previsión Social.
  • Ser una persona con subsidio de cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Ser una persona con subsidio de cesantía pensionado/a de cualquier régimen.

Es importante destacar que las personas con niños/as a su cargo, por resolución judicial, también pueden acceder al beneficio de la Asignación Familiar. Además, aquellos/as que sean beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica de Invalidez, así como del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años, también tienen derecho a recibir la Asignación Familiar.

Para acceder al beneficio, se debe reconocer a las cargas familiares mediante el IPS en línea o en sucursales de ChileAtiende, donde se deberán presentar los documentos requeridos. Una vez que las cargas estén reconocidas, se procederá a recibir el pago de la Asignación Familiar.

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