Ordenan eliminar un video de las redes sociales por vulnerar derechos
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt ha acogido un recurso de protección y ha ordenado eliminar de los perfiles de Facebook un video que vulnera el derecho a la vida privada, la honra y la protección de los datos personales de una denunciante. El registro fue publicado por un tercero y compartido por las denunciadas, quienes eran compañeros de trabajo de la denunciante en un establecimiento educacional de la ciudad.
El fallo del tribunal de alzada fue unánime
El fallo del tribunal de alzada fue unánime y en la instancia se denegó la alegación de extemporaneidad del recurso. «No es posible determinar que la actora efectivamente tomó conocimiento del video compartido por las recurridas… habiendo comparecido solicitando la intervención cautelar de este Tribunal de alzada ante la difusión de dicho registro audiovisual en sus respectivas redes sociales, el que se mantiene –al menos– hasta la fecha de interposición de la acción de protección», dice el fallo.
Las recurridas argumentan no ser autoras del video
Además, se agrega que «las recurridas, sin desconocer haber compartido el video realizado por una página de la red social Facebook de nombre…, alegan que el mero hecho de haber realizado dicha acción en su perfil no implica una vulneración de derechos de la actora, producto que no poseen la calidad de autoras o creadoras del video… y no es una funa», como querría mostrar la denunciante.
La publicación buscaba afectar la honra de la actora
De la misma manera, la Corte de Apelaciones argumenta que se nombra expresamente a la actora, dándose a conocer antecedentes que conducen indubitadamente a su identificación, así como también se realizaban imputaciones. «Así las cosas, aparece que la publicación del video no fue compartida por las recurridas con una finalidad meramente informativa, sino que, considerando que compartían el mismo espacio laboral, buscaban ponerla en conocimiento de sus propios contactos o seguidores en sus respectivas redes sociales, y propender así a generar una mayor afectación en la honra de la actora, sin antecedentes concretos respecto a su presunta responsabilidad en los hechos que se exponen», dice el fallo.
Se ordena eliminar el video de los perfiles de Facebook
«En consecuencia, se ordena a las recurridas eliminar de sus perfiles de Facebook el video compartido de la red social Facebook», cierra el fallo.