El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a una profesora de lenguaje a una pena remitida de 541 días de presidio por el delito consumado y reiterado de trato degradante contra preescolares. Carola Andrea Mandujano Pino cometió los delitos en una escuela de lenguaje en la localidad de Coñaripe, comuna de Panguipulli, región de Los Ríos, en contra de ocho niños de entre 4 y 5 años de edad.
Los graves hechos que cometió la mujer
El Tribunal de Valdivia dio cuenta de los graves hechos que cometió la profesora, destacando que “se sentaba de forma intimidante frente a algunas víctimas para que se coman su comida y en caso contrario los obligaba a que comieran la comida mientras los niños mantenían la boca llena de comida hasta vomitar, debiendo algunos incluso comer su propio vómito“.
Además, fue acusada de “utilizar términos despectivos en el aula, tratándolos en general de ‘pajarones’, ‘tontones’, ‘cochinos’, ‘chanchos’, ‘huevones’, ‘cara de poto’, ‘cara de mono’, ‘cabezas de pájaro’, ‘cabezas de pollo’”.
El fallo también consigna que la mujer “les gritaba constantemente”, “los expulsaba de la sala de clases si se orinaban sin asistirlos o cambiarlos de ropa” y “los expulsaba de la sala de clases cuando estaban desordenados en días fríos, como forma de castigo”.
Por último, la condenada “incitaba a los alumnos a burlarse de las víctimas, cuando lloraban diciéndoles ‘guagüita’ o cuando hacían mal una tarea, frente a demás alumnos”.
3 años de inhabilidad para trabajar con niños
Ante los graves tratos sufridos en contra de los menores, se constató que resultaron afectados psicológica y/o emocionalmente “generándoles cambios de ánimo, rechazo a estudiar e ir a clases, presentando cuadros de estrés psicológico y/o emocional, entre otros efectos”.
Además de los 541 días de presidio, la profesora quedó con prohibición de 3 años y un día de inhabilitación absoluta temporal para ejercer cargos y trabajar con menores de edad.
También tendrá que asistir a un programa de rehabilitación para maltratadores.
Por último, se decretó la prohibición de acercamiento de la acusada a los niños víctimas iniciales (…), y a sus familias, a sus domicilios, lugar de estudios o donde quiera que ellos se encuentren, por el lapso que dure de la condena.