Adultos mayores podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Por Sergio Mendoza 27 Vistas Comentar
Léelo en 4 Minutos

Los adultos mayores de 65 años pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Los adultos mayores de 65 años tienen la posibilidad de acceder a los pagos de la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario). Aquellos que no tienen derecho a una pensión en ningún régimen previsional y las personas que continúen trabajando y/o sean beneficiarias de alguna pensión de AFP o de las excajas de previsión social, siempre que cumplan con los requisitos, pueden recibir la PGU.

Exclusiones de los pagos de la PGU

Por el contrario, quedan excluidos de los pagos de la PGU los adultos mayores que sean imponentes o pensionadas de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).

Reajuste del monto de la PGU

La Pensión Garantizada Universal (PGU), cuyo pago está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), actualmente entrega un monto de hasta $214.296 mensual para sus beneficiarios. Este monto se reajusta automáticamente el 1 de febrero de cada año, según la variación que registre el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Por lo tanto, a partir del mes de febrero de 2025, la PGU tendrá un nuevo monto.

Requisitos para solicitar la PGU

Para solicitar la PGU, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 64 años y 9 meses o más de edad al momento de postular.
  • Estar en un grupo familiar que no integre el 10% más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera algunos datos del Registro Social de Hogares (RSH), además de información relacionada con los ingresos y necesidades de la familia.
  • Tener una pensión base menor a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que se reciben.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la PGU.

Solicitud de la PGU

Para solicitar la PGU, las personas que cumplan con las condiciones deben ingresar al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios de ChileAtiende, donde tienen que anotar su RUT y fecha de nacimiento para conocer si califican para el aporte. En caso de cumplir con las condiciones, el sitio mostrará los pasos a seguir para solicitar la PGU. Cabe destacar que la pensión también se puede pedir de manera presencial en una sucursal de ChileAtiende.

Compartir este artículo