Fisco deberá pagar indemnización de $35 millones por daño moral en caso de tortura

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Este jueves, el Primer Juzgado Civil de Santiago dictaminó que el fisco deberá pagar una indemnización de $35 millones por daño moral a Fernando Enrique Mamani Briceño, quien fue detenido y torturado en 1988 por agentes de la CNI en un cuartel de la PDI. El crimen de lesa humanidad ocurrió después de su detención el 13 de mayo de 1988.

Reconocimiento de la reparación integral de daño

La magistrada Isabel Margarita Zúñiga Alvalay rechazó las excepciones presentadas por el fisco y declaró que los beneficios económicos entregados por las leyes de reparación son compatibles y complementarios con las indemnizaciones otorgadas por el Poder Judicial. Además, destacó que el reconocimiento de la reparación integral de daño es aceptado en la doctrina y en los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Principio de reparación integral

El fallo menciona la publicación del profesor Ramón Domínguez Águila sobre los límites al principio de reparación integral, donde se expresa que este principio es esencial en la responsabilidad civil en la actualidad. Según el principio, la medida de la reparación debe corresponder a la entidad del daño causado, excluyendo cualquier otra consideración.

Indemnización justa y equitativa

En base a los aspectos examinados por el ente judicial, se estableció una indemnización de $35 millones de pesos como compensación por el daño moral sufrido por Mamani Briceño. Esta cantidad se considera justa y equitativa, teniendo en cuenta que el demandante ya es beneficiario de las leyes de reparación correspondientes.

Condiciones de pago

El monto establecido para Mamani Briceño deberá ser pagado reajustado una vez que la sentencia sea firme. Además, se aplicarán intereses corrientes para operaciones de crédito no reajustables desde que el fisco incurra en mora, es decir, desde la notificación del cumplimiento de la sentencia.

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