En julio se cumplió una de las grandes promesas del actual Gobierno: para trabajadores y trabajadoras mayores de 18 y de hasta 65 años, el sueldo mínimo aumentó a los $500 mil. Para quienes están fuera de ese rango etario, su renta mínima mensual también incrementó. Estas nuevas cifras comenzarán a otorgarse a partir del miércoles 31 de julio, día en que la mayoría de los empleados y las empleadas de nuestro país reciben el respectivo sueldo de parte de sus fuentes laborales.
¿Cuándo volverá a subir el sueldo mínimo en Chile?
Tras llegar al medio millón de pesos como salario, el nuevo aumento se efectuará a los pocos meses después. Según la legislación, el sueldo mínimo incrementará otra vez a partir del 1 de enero de 2025.
La cifra del siguiente monto es desconocida, porque dependerá de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024.
“A contar del 1 de enero de 2025, se reajusta el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 y de hasta 65 años conforme a la variación acumulada por el IPC, determinada e informada por el Instituto Nacional de Estadísticas entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2024“, establece el decreto 967.
Si dicha variación es positiva (mayor a 0%), la nueva cifra será levemente mayor a los $500.000. En cambio, si es negativa (menor a 0%), el ingreso mínimo mensual no bajará, sino que permanecerá en $500 mil.
Después de la eventual alza en enero, la cifra del salario básico volvería a incrementarse en mayo del próximo año. El monto será acordado en marzo de 2025 por el Gobierno y los sindicatos de trabajadores; el resultado de esa negociación será presentado mediante un proyecto de ley al Congreso Nacional.
Si diputados y senadores aprueban el sueldo mínimo, este entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de 2025. Dependiendo de la negociación entre el Ejecutivo y los organismos gremiales, los pagos del Subsidio Familiar y de la Asignación Familiar y Maternal podrían tener un reajuste distinto al último que se aprobó.