El Gobierno busca fortalecer las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos en su lucha contra la informalidad y la evasión de impuestos. Se presentaron indicaciones que obligan a los emisores de tarjetas de prepago a reportar la cantidad de abonos que reciben los usuarios. Esta medida busca cerrar un vacío legal en el Código Tributario y evitar el uso de tarjetas de prepago para eludir impuestos.
Lucha contra la informalidad y la evasión de impuestos
El Gobierno presentó indicaciones para fortalecer las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) en la lucha contra la informalidad y la evasión de impuestos. Estas indicaciones obligarán a los emisores de tarjetas de prepago a reportar la cantidad de abonos que reciben los usuarios.
Vacío legal en el Código Tributario
La promulgación de la Ley 21.713 dejó un vacío legal en el Código Tributario, ya que solo consideró a las instituciones financieras en la obligación de reportar abonos. Los emisores de tarjetas de prepago, como Mercado Pago y Tarjeta Los Héroes, no estaban sujetos a esta obligación.
- Los emisores de tarjetas de prepago deben reportar cuando sus usuarios reciben más de 50 abonos de 50 o más RUT diferentes dentro de un mismo día, semana o mes.
- Deben reportar también cuando el usuario obtiene al menos 100 abonos de 100 emisores distintos dentro de seis meses.
Para cerrar este vacío legal, se presentaron indicaciones que establecen que los emisores de tarjetas de prepago, tanto bancarios como no bancarios, también deben reportar estas cantidades de abonos.
Información que se entregará al SII
Las entidades sujetas al Código Tributario, incluyendo los emisores de tarjetas de prepago, deberán entregar al SII un informe de transferencias para el primer semestre de 2025. Este informe contendrá información sobre cuentas corrientes bancarias, depósitos, cuentas de ahorro, contratos de seguros y contratos de rentas privadas. También incluirá información sobre las tarjetas de prepago.