Compatibilizar la maternidad con el trabajo, especialmente cuando los niños son pequeños, puede ser complejo. En ese sentido, en Chile existe la obligación para las empresas de proveer un beneficio de sala cuna para sus trabajadoras cuando se cumplen ciertas condiciones.
Obligación de proveer sala cuna en empresas chilenas
Para que una empresa en Chile esté obligada a proveer el beneficio de sala cuna, debe tener al menos 20 mujeres trabajadoras, sin importar su edad o estado civil.
Esta obligación también aplica a centros comerciales, industriales o de servicios que tengan una misma empresa o dueño, siempre que tengan un total de 20 o más trabajadoras.
El beneficio de sala cuna en las empresas
Todas las madres trabajadoras con hijos menores de dos años tienen derecho a gozar del beneficio de sala cuna en las empresas chilenas que están obligadas a proveerlo.
Cómo funciona el beneficio de sala cuna
- La empresa puede tener su propia sala cuna autorizada por la JUNJI.
- La trabajadora debe llevar a su hijo o hija a la sala cuna de la empresa.
- Si la trabajadora opta por una sala cuna distinta, la empresa no cubre los costos.
La Ley no permite que la trabajadora reciba dinero en lugar del servicio de sala cuna, solo en casos excepcionales puede entregarse un bono compensatorio.
Bono compensatorio de sala cuna
El bono compensatorio se entrega en casos especiales cuando el menor no puede asistir a una sala cuna autorizada, como problemas de salud o trabajo nocturno de la madre.
- La trabajadora debe presentar un certificado médico indicando que el menor no puede asistir a sala cuna.
- No se requiere autorización de la Dirección del Trabajo para entregar el bono.
- El monto del bono debe ser equivalente al costo de la sala cuna que la empresa debería proveer.
El bono compensatorio no es opcional, es un reemplazo del servicio que la empresa debe garantizar. En caso de incumplimiento, la trabajadora puede presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo.
Acceso al beneficio de sala cuna para los padres
Si una madre fallece, el padre puede acceder al beneficio de sala cuna si en su empresa trabajan 20 o más mujeres y si tiene la custodia del hijo o hija.