La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó que un templo evangélico deje de emitir ruidos molestos, es decir, por sobre la norma legal, luego de acoger un recurso de protección interpuesto por una vecina de la comuna de Santiago, en la Región Metropolitana.
La Corte de Apelaciones de Santiago falla contra templo evangélico por ruidos molestos
La Corte de Apelaciones de Santiago ha decidido que un templo evangélico debe cesar la emisión de ruidos molestos que excedan los niveles permitidos. Esto se debe a la presentación de un recurso de protección por parte de una vecina de la comuna de Santiago, en la Región Metropolitana.
El fallo unánime de los magistrados de la 4° sala del tribunal de alzada ordena a la Iglesia Ministerio Evangélico Cruzada de Poder, ubicada en la calle Roberto Espinoza, que en adelante se abstenga de emitir ruidos que superen los niveles permitidos por la ley.
La afectación de los derechos de los residentes
El fallo se basa en el hecho de que el comportamiento del templo evangélico ha afectado el derecho de los residentes a vivir en un entorno libre de contaminación acústica. Se han presentado varias denuncias fundadas en los niveles de ruido generados por la iglesia, que han sido considerados molestos por la denunciante y han llevado a inspecciones por parte del municipio.
- A pesar de las medidas de mitigación adoptadas por la iglesia, el ruido ha superado los límites permitidos en algunas ocasiones.
- Esto ha perturbado el ejercicio del derecho al libre desenvolvimiento de la vida privada de la denunciante.
El fallo concluye que se debe tomar una medida que permita la coexistencia de los derechos constitucionales de todas las partes involucradas, y que la iglesia debe llevar a cabo su culto respetando los derechos constitucionales de los demás.