La negligencia médica en un centro asistencial de Lampa ha llevado a una condena de $60,000,000 por daño moral. El fallo estableció que el personal médico actuó de manera negligente, lo cual resultó en el fallecimiento de la paciente. El informe pericial médico respalda la decisión del tribunal.
El Juzgado de Letras de Colina ha dictaminado que la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa deberá pagar una indemnización de $60,000,000 por daño moral a las hijas de una paciente que falleció por un infarto al miocardio en un centro asistencial de la comuna. La magistrada Ximena Marzal Núñez, a cargo del caso, concluyó que el personal médico actuó negligentemente y contra la lex artis al atender a la paciente.
El fallo del tribunal resalta el informe médico pericial del Dr. Reinaldo Rosas Benito, especialista en medicina interna y enfermedades infecciosas. Según el informe, la paciente de 48 años sufría de obesidad, hipotiroidismo, insuficiencia venosa y enfermedad coronaria, todas sin diagnóstico ni tratamiento. El informe también establece que, ante la sospecha de un infarto agudo al miocardio, se debe actuar de inmediato según los protocolos vigentes.
El personal del servicio de urgencias no siguió los protocolos establecidos, lo cual resultó en una falta de servicio grave y tardía. La sentenciadora concluye que el funcionamiento deficiente del personal médico contribuyó al fallecimiento de la paciente y agravó su estado de salud.
Este caso destaca la importancia de brindar una atención médica de calidad y seguir los protocolos adecuados en situaciones de emergencia. La negligencia médica puede tener consecuencias fatales y las instituciones de salud deben ser responsables de sus acciones. Esperamos que esta condena por daño moral sirva como un llamado de atención para mejorar la calidad y seguridad en los centros asistenciales. La vida y salud de los pacientes deben ser siempre la máxima prioridad.