Tesorería deberá devolver dinero retenido por deuda del CAE, determina Corte

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Tesorería debe devolver el dinero retenido

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ha ordenado que la Tesorería General de la República le devuelva el dinero retenido a una mujer debido a una deuda del Crédito universitario con Aval Estado (CAE). La afectada, que trabajó en la Seremi de Salud de Valparaíso, presentó una demanda laboral después de que existieran diferencias en el cálculo de su feriado legal y no se le pagaran intereses ni reajustes. En un fallo unánime, el tribunal de alzada determinó que la Tesorería actuó de manera ilegal y arbitraria al retener el dinero. La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección interpuesto por la afectada y ordenó que la Tesorería General de la República le devuelva el dinero utilizado para pagar su deuda del CAE. La justicia también estableció que la deuda del CAE no puede ser compensada con la indemnización laboral que la mujer debe recibir.
 
“La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordena a la Tesorería General de la República devolver el dinero retenido a una mujer debido a una deuda del CAE”

Tesorería se justifica

La Tesorería General de la República no entregó el dinero a la afectada y explicó que retendría el 100% del monto para financiar la deuda que la mujer tenía por concepto del crédito universitario CAE. Sin embargo, la Corte de Apelaciones determinó que la Tesorería actuó de manera ilegal y arbitraria al retener el dinero, ya que la deuda del CAE no se puede compensar con la indemnización laboral. Ante esto, la afectada presentó un recurso de protección que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
 
“La Tesorería retiene el dinero de una afectada para financiar su deuda del CAE, pero la Corte de Apelaciones determina que esto es ilegal”

Orden de la Corte de Apelaciones

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto por la afectada y ordenó que la Tesorería General de la República le devuelva el dinero que se utilizó para pagar su deuda del CAE. Según el fallo, la Tesorería debe proceder al pago de las remuneraciones y cualquier otro concepto retenido o compensado en favor de la afectada, por una cifra de $1.093.671 con reajustes e intereses.
 
“La Corte de Apelaciones ordena a la Tesorería General de la República devolver el dinero utilizado para pagar la deuda del CAE a una afectada”

Dineros con naturaleza jurídica distinta

La Corte de Apelaciones de Valparaíso estableció que la deuda del Crédito Universitario con Aval del Estado (CAE) y las indemnizaciones laborales tienen una naturaleza jurídica distinta, por lo que no pueden ser compensadas. Esto significa que la Tesorería General de la República no puede retener el dinero que corresponde a la indemnización laboral para pagar la deuda del CAE. La Corte determinó que la Tesorería debe devolver el dinero retenido y proceder al pago de las remuneraciones y cualquier otro concepto a favor de la afectada.
 
“La Corte establece que los dineros del CAE y las indemnizaciones laborales tienen una naturaleza jurídica distinta y no pueden ser compensados”

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