Leonarda Villalobos cumplirá prisión preventiva en Centro Penitenciario Femenino de San Miguel

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Desde el inicio de la formalización de Leonarda Villalobos por el llamado “Caso Audios” ha estado rondando la pregunta sobre dónde cumpliría prisión preventiva en caso de que dicha medida cautelar fuera decretada para la abogada, lo que finalmente ocurrió este martes.

¿Dónde cumplirá la prisión preventiva Leonarda Villalobos?

El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago se hizo cargo de la problemática para que Villalobos cumpliera la prisión preventiva en igualdad de condiciones con Luis Hermosilla, quien se mantendrá en un módulo especial en Santiago 1 al menos hasta el 12 de septiembre, fecha en que se llevará a cabo una audiencia para discutir su traslado al Anexo Capitán Yáber. De este modo, la magistrada decidió que la abogada cumpliera la medida cautelar en el centro penitenciario que determinara Gendarmería, quien estableció que dicho recinto será el Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, donde estará aislada del resto de la población penal.

¿Qué dijo la defensa de Leonarda Villalobos?

La abogada defensora de Leonarda Villalobos, Alejandra Borda, valoró que la jueza se hiciera «cargo de la problemática que es no tener un centro penitenciario que sea de la misma calidad de Capitán Yáber o que tenga lo mismo requerimiento, y se ha planteado una situación que creo que no se ha planteado antes en este país, precisamente que no existe un centro penitenciario para mujeres relacionadas con delitos económicos o consideradas de baja peligrosidad».

«Lo que se señaló precisamente es que nos encontramos ante una situación problemática, porque el otro imputado va a ingresar a Capitán Yáber. En el caso de ella, la magistrado, haciéndose cargo de esta problemática, ha señalado que ella va a ingresar al lugar donde la Gendarmería señale», agregó.

Además, señaló que se «dejó fijada una audiencia para el día 12 de septiembre para poder discutir la posibilidad de habilitar un área en Capitán Yáber para que se cumpla de forma igualitaria la prisión preventiva».

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Este artículo informa de un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que los organismos pertinentes lo determinen.

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