En medio de la controversia por las rebajas de condenas otorgadas a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, afirmó que 36 de estos beneficiados habían obtenido resoluciones favorables de tribunales. Esta situación ha generado un intenso debate sobre el proceso de reducción de penas y la responsabilidad de su cartera en la evaluación de estas solicitudes.
Proceso de reducción de condenas
La legislación chilena permite a los reclusos reducir sus penas por “comportamiento sobresaliente”, lo que implica un descuento de dos meses por cada año de condena cumplido. El procedimiento para acceder a este beneficio se compone de varias etapas:
- Gendarmería: Reúne antecedentes del condenado, incluyendo comportamiento en prisión, actividades laborales y estudios.
- Comisión de reducción de condena: Examina los antecedentes y está conformada por un ministro de corte, jueces penales, un abogado del Ministerio de Justicia, un psicólogo y un asistente social.
- Seremi de Justicia: Si la comisión reconoce el comportamiento sobresaliente, el condenado puede solicitar formalmente la rebaja, que es verificada por la Seremi antes de enviarla al Ministerio de Justicia.
- Ministro de Justicia: Dicta el decreto que concede o rechaza la reducción de condena, basándose en los requisitos legales.
Controversia y defensa de Rabat
El ministro Rabat argumentó que su cartera no tiene la atribución de reevaluar la conducta del preso, sino que debe cumplir con lo dictado por las cortes. Según su defensa, muchos condenados que habían visto sus solicitudes de rebaja rechazadas por la comisión revisora acudieron a la Corte de Apelaciones, la que obligó a reconsiderar sus casos. Con fallos favorables y tras verificar los requisitos legales, correspondía conceder las rebajas.
En 2022, se modificó la ley para excluir del beneficio a quienes han sido condenados por delitos sexuales contra menores. Durante el gobierno actual, el Ministerio de Justicia había mantenido el criterio de rechazar administrativamente estas solicitudes, lo que obligaba a los condenados a recurrir a tribunales para obtener las rebajas.
Rabat concluyó que “uno no puede sino cumplir una sentencia ejecutoriada de las cortes o de los tribunales superiores del país”, enfatizando la necesidad de seguir los procedimientos establecidos por la ley.
Para más información sobre el acceso a la rebaja de condenas, puedes consultar el sitio del Ministerio de Justicia.

